En este artículo te indicaremos toda la información relacionada con el Certificado de Defunción en Panamá, y todos los requisitos que conlleva este importante documento.
Síguenos atentamente en este post para que aprenda todo lo relacionado acerca del Certificado de Defunción y como tramitarlo en el territorio panameño.
Certificado de Defunción
Es un documento legal que notifica a quien lo requiera que algún ciudadano del territorio panameño ha fallecido, esto encaja en relación a personas extranjeras que también hayan fallecido en Panamá.
Tiene como función principal ser un folio que permite notificar e informar a toda persona o entidad sobre la información del fallecido según el Registro Civil de Panamá y la entidad de salud en la que fue atendido el difunto.
En el mismo se reflejan la siguiente información personal del difunto:
- Código de inscripción de la defunción
- Nombre completo
- Código de inscripción de nacimiento
- Número de cédula
- Nacionalidad
- Sexo
- Nombre completo de los progenitores
- Motivo que ocasionó la muerte
- Fecha y lugar en el cual sucedió el fallecimiento
Requisitos para sacar el certificado de defunción
Los requisitos que necesita para poder tramitar el Certificado de Defunción en Panamá los mencionaremos en el siguiente apartado. Cabe mencionar que el mismo puede ser solicitado tanto por familiares del difunto como por terceras personas.
¿Qué se necesita?
Lo que necesita para poder obtener el Certificado de Defunción es:
- Número de Cédula o en caso contrario el Número de Inscripción de Nacimiento.
- Número de Acta de Defunción
- Si quien solicita es una persona que no mantiene ninguna relación con el ciudadano fallecido, aunado a los requisitos anteriores debe añadir una autorización subscrita por la familiar de primera afinidad del fallecido.
Costo del trámite
El costo que debe cancelar por trámite para la obtención del Certificado de Defunción en Panamá es de tan sólo 3.00 balboas.
Bases legales
La base legal por la cual se rige el Certificado de Nacimiento es la Ley 31 del 2006 de Registro Civil.
Esta Ley se encarga de regular el reconocimiento de todos los hechos vitales y el resto de los hechos de carácter jurídico que se relacionen con el estado civil de los ciudadanos.
A su vez, busca reorganizar la Dirección Nacional del Registro Civil del Tribunal Electoral, con lo cual se constituye como una de las políticas más actualizadas y aprobadas en relación al tema a América.
¿Dónde solicitar el certificado de defunción en Panamá?
Los sitios a los que puede acudir para llevar cabo el trámite para obtener el Certificado de Defunción en Panamá son los siguientes:
- Direcciones Regionales y Oficinas Distritales
- Dirección Regional de Panamá
- Oficinas de Corte Suprema de Justicia
- Oficina del Registro Civil en El Dorado
- Supermercados Rey y Romero y la Cadena de Almacenes El Machetazo
Debes asistir en compañía de los requisitos que hemos mencionado en el apartado anterior, en el horario de 8am a 4pm los días de lunes a viernes.
Auxilio funeral en panamá
El Auxilio Funeral en Panamá es una remuneración que se otorga según el Art. 187 de la Ley 51 de Panamá.
Se entrega a quien demuestre que ha facturado el gasto del funeral y el monto otorgado actualmente es de 300.00 balboas.
Este es otorgado por la Caja de Seguro Social y constituye una ayuda destinada a contrarrestar los gastos que derivan del fallecimiento de una persona asegurada activa, jubilada o pensionada.
Se exceptúa este apoyo cuando la muerte fuera ocasionada por un Riesgo Laboral.
Para solicitar el Auxilio Funeral debes reunir los siguientes requisitos:
- La persona fallecida posea desde 6 o más pagos por mes referentes al año anterior al fallecimiento.
- Tiene un lapso de 3 años para poder realizar la solicitud, contando desde el día en que ocurrió el fallecimiento.
Una vez que haya cumplido con estos requisitos, la documentación con la que debe contar para proceder a la solicitud es la siguiente:
- El formulario de Solicitud de Auxilio Funeral, el mismo no debe tener tachaduras y borrones. Puedes obtenerlo haciendo click aquí.
- Certificado de Defunción emitido por el Tribunal Electoral.
- Si el ciudadano panameña falleció en un país extranjero, se requiere el recibo y el Certificado de Defunción del país en el que ocurrió el fallecimiento. Este debe poseer los sellos del consulado que corresponda.
- Recibo fiscal en compañía de un ejemplar subscrita por la persona que pagó los gastos del funeral. Si la defunción ocurrió en zonas rurales, solo es necesario el volante de pago original.
- Documento que refleje la autorización de algún familiar o doliente del fallecido.
- La Cédula de Identidad en compañía de un ejemplar correspondiente a quien sufrago el gasto.
- La Cédula de Identidad en compañía de un ejemplar de la persona fallecida.
Defunción en el extranjero
En caso de que la defunción ocurra en un país extranjero, los documentos que debe consignar son los siguientes:
- Formulario de petición de pago de Auxilio Funeral
- El Acta o Certificado de Defunción proveniente del país en el cual ocurrió el fallecimiento. La cual debe estar notariada de manera correcta.
- Si sucede que la persona que ha fallecido fuera del territorio panameño está se encontraba asegurada en ese país, los requisitos que hemos indicado anteriormente deben encontrarse refrendados según el Convenio Apostilla.
- Si no es posible, por lo menos deberán estar sellados y firmados por el Cónsul correspondiente y certificados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
- Cuando los documentos se encuentren redactados en un idioma distinto de español, los mismos deberán ser traducidos.
Esperamos que esta información haya resuelto tus dudas sobre el Certificado de Defunción en Panamá.
¡Sigue con nosotros para más información acerca de tus certificados!